Fundamental: Dejar por escrito tus últimas voluntades.

Pensar en despedirnos para siempre de nuestros familiares no es muy agradable, pero es necesario. Todos hemos conocido al menos un caso  de personas  que dejaron a sus herederos nada más que problemas o en los que la última etapa fue un proceso largo y desgastante para todos los miembros de la familia, todo esto por no haber realizado a tiempo su testamento.

En México existen dos instrumentos que están hechos para dejar por escrito nuestros últimos deseos: el testamento y el certificado de voluntad anticipada.

En el primero, el testamento manifiesta el deseo del futuro de los bienes. Este documento es público, personal y revocable. Conoce aquí todo lo que necesitas saber de este trámite.

El segundo, el certificado de voluntad anticipada, es un documento en el que manifestamos nuestros deseos por si llegamos a estar imposibilitados para responder por alguna enfermedad. Solo se aplica cuando una persona está en etapa terminal o cuando tiene un padecimiento irreversible. 

Cuando existe un diagnóstico de este tipo, la voluntad anticipada adquiere validez. Por eso, su autorización la debe hacer el personal médico y permiten al firmante cumplir con sus deseos finales.

Estos dos documentos manifiestan nuestras últimas voluntades, tanto para nuestras posesiones como para nuestro cuerpo. Pensar en ellos es cuidar a los que se quedan, facilitándoles la toma de decisiones. El testamento y la voluntad anticipada garantizan ante la ley que se cumplan nuestros deseos, que todo se reparta cómo lo hemos planeado y aliviamos a nuestros seres queridos de tomar alguna decisión desagradable. 

Mi Legado En Orden te ayuda a organizar y tener actualizados estos importantes documentos, lleva un registro de tus bienes y de lo más importante de tu vida AQUÍ. 

 

GLOSARIO:
Enfermedad terminal: Según la definición de la OMS es aquella que no tiene tratamiento específico curativo o con capacidad para retrasar la evolución, y que por ello conlleva a la muerte en un tiempo variable (generalmente inferior a seis meses); es progresiva; provoca síntomas intensos, multifactoriales, cambiantes y conlleva un gran sufrimiento (físico, psicológico) en la familia y el paciente.

FUENTES:
http://www.san.gva.es/documents/246911/251004/guiasap027terminal.pdf
https://colegiodenotarios.org.mx/voluntad_anticipada
https://asepyme.com/centificado-ultimas-voluntades/


Publicación más antigua Publicación más reciente